Los créditos de las actividades complementarias, deberán ser autorizadas por la Junta Académica previamente. Para ello, se establecen los siguientes criterios de ponderación de los créditos:
Criterio | Créditos |
---|---|
Asistencia a Congreso Nacional | 1 |
Asistencia a Congreso Internacional | 2 |
Ponencia en Congreso Nacional | 1 |
Ponencia en Congreso Internacional | 2 |
Artículo arbitrado Nacional | 2 |
Artículo arbitrado Internacional | 3 |
Artículo indizado nacional | 4 |
Artículo indizado internacional | 5 |
Capítulos de libro | 2 |
Autor de libro relacionado con su investigación | 5 |
Impartir cursos, seminarios sobre el tema de investigación o área de especialización (máximo dos cursos) | 2 |
Las actividades complementarias serán registradas por el Coordinador de Programa ante la Coordinación de Control Escolar una vez obtenido el visto bueno de la Junta Académica