Actividades Complementarias

Los créditos de las actividades complementarias, deberán ser autorizadas por la Junta Académica previamente. Para ello, se establecen los siguientes criterios de ponderación de los créditos:

Criterio Créditos
Asistencia a Congreso Nacional 1
Asistencia a Congreso Internacional 2
Ponencia en Congreso Nacional 1
Ponencia en Congreso Internacional 2
Artículo arbitrado Nacional 2
Artículo arbitrado Internacional 3
Artículo indizado nacional 4
Artículo indizado internacional 5
Capítulos de libro 2
Autor de libro relacionado con su investigación 5
Impartir cursos, seminarios sobre el tema de investigación o área de especialización (máximo dos cursos) 2

Las actividades complementarias serán registradas por el Coordinador de Programa ante la Coordinación de Control Escolar una vez obtenido el visto bueno de la Junta Académica